Artículo redactado por fpmadlax.
Hacia el S XVIII el Estado comienza a hacerse responsable de la mayoria de contratos matrimoniales y de los registros… que son llamados Bodas y Registros Civiles, en donde hacian falta licencias (permisos comerciales) para poder casarte (antiguamente era la unión de mutuo acuerdo entre hombre y mujer) en los que había 3 partes: Estado, hombre y mujer (como todo el mundo sabe, las licencias se dan para comerciar, por tanto el Estado da licencia al hombre y la mujer para poder comerciar en su territorio, y poder tener productos=hijos ; matrimonios e hijos, se registran en el registro [el dueño del registro es dueño del bien registrado: el niño, o el matrimonio/fusión comercial]), además en un contrato de 2, no puede haber terceras personas, luego sería inválido dicho contrato si hay alguien que sepa de contratos, salvo que solo fuese una licencia).
Además en esa época comienza a surgir la corriente del Romanticismo donde la gente se casa por amor, no por la necesidad de tener hijos, al igual que las Uniones Civiles o las Parejas de Hecho en la actualidad, son reconocimientos de uniones afectivas para poder hacer negocios dentro del Territorio perteneciente al Estado Español (en teoría no puedes ir por libre y casarte), además mucha gente está encantada, así evita pagar tantos impuestos, con lo cual parece ser el objetivo tributario la principal motivación para una licencia de boda/matrimonio u otro tipo de unión. Además se puede observar por la cantidad de papeles que hace falta para poder casarte, lo burocráticamente importante para el Estado que es eso, y si dicho matrimonio se cambia de país de residencia, tiene que dar cuenta de si están casados o no a dicho estado mediante un registro/empadronamiento.
Trámites:
Los documentos que tendréis que presentar son:
1.Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los contrayentes. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento. Tardan aproximadamente cinco días en tenerlo listo.
2.Certificado de soltería de los futuros esposos. Consiste en una declaración jurada del estado civil. El impreso se consigue en el Registro Civil del lugar de residencia.
3.Certificado de empadronamiento. Hay que pedirlo en el ayuntamiento de la población donde se haya residido los dos últimos años. En las grandes ciudades también se puede pedir en las Juntas Municipales.
4.Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de residencia de ambos y el original.
5.La solicitud que os facilitarán en el Registro Civil cumplimentada.
Es imprescindible que los testigos también lleven su Documento Nacional de Identidad o su Pasaporte.
En España te cases por lo civil o por la iglesia, los trámites burocrático que tienes que realizar son los mismos.
Luego Estado e Iglesia no están separados, y eso en cualquier país donde los trámites sean iguales: papeles, papeles y papeles… antiguamente un contrato de mutuo acuerdo entre ambos bastaba, en la actualidad no por que representa mucho dinero para el Estado.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483950281/Detalle.html
Certificado de matrimonio, ¿Qué es?
El certificado de matrimonio es el documento expedido por el Encargado del Registro Civil, que hace fe del acto del matrimonio y de la fecha hora y lugar en que acontece (art. 69 LRC)
Asímismo, podrán expedirse certificaciones electrónicas de matrimonio con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado a partir de los datos contenidos en la base central de datos de las personas inscritas en los Registros Civiles.
C) Certificación con sello electrónico de la Dirección General de los Registros y del Notariado: Servirá para acreditar los datos contenidos en los asientos registrales informatizados y digitalizados de la base central de datos que se hayan practicado a partir del 1 de Enero de 1950 en los Registros Civiles Municipales o en el Registro Civil Central.
http://legal.practicopedia.lainformacion.com/familia/tramites-legales-para-casarse-en-espana-444
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3 ¿Dónde celebrar la boda?
El acto de casamiento podrá celebrarse en la sede del registro civil, en una junta de distrito o en el Ayuntamiento. Si tienes suerte, y conseguís convencer a alguien con poderes para celebrar el matrimonio, por ejemplo, a un concejal de tu Ayuntamiento, puedes elegir otro emplazamiento. Dependiendo del lugar que elijan los contrayentes, así será el protocolo. - 4 Si decidís casaros en el Registro…Si optáis por que el matrimonio se celebre en el propio Registro, los trámites serán sencillos. El día que tengáis cita deberéis acudir acompañados de dos testigos (recuerda que no pueden ser familiares y deben ser mayores de edad).
- 5 O en el Ayuntamiento…Si preferís el Ayuntamiento, tendréis que esperar a que el servicio de protocolo os de cita.
- 6 La ceremoniaEn todos los casos, la ceremonia se desarrolla del mismo modo. La persona que actúa como juez leerá los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil. Seguidamente, preguntará a los contrayentes si consienten en contraer matrimonio. Si ambos responden afirmativamente, dará validez al matrimonio.
- 7 Será necesario firmar el acta de matrimonio.Posteriormente, el oficiante extenderá acta del matrimonio con su firma, la de los contrayentes y sus testigos y la enviará al registro civil (en el caso que la boda se celebre en otro emplazamiento).
¿Por qué aquí arriba se menciona al Ministerio de Justicia, cuando esto no tiene que ver con justicia, si no con buena fe? ¿Por qué hay que pagar tasas al Ayto, Registro, o donde sea para poder certificar la boda, por lo civil?
Probablemente, por que es un negocio, cuando haya un divorcio, la gente necesita la sabiduría del Ministerio de Justicia y sus lobbies asociados (abogados, procuradores, jueces, consejeros matrimoniales y psicólogos, etc…) un grupo de gente inecesaria que se mete en la vida de dos personas adultas; y que ayudan a decidir a dichas personas el cómo comportarse anímicamente (los consejeros y psicólogos), y cómo repartir los bienes y los hijos (Abogados jueces y procuradores), y de paso te cobra las tasas de Justicia, “de buena fe”, como ya he dicho el Estado ha registrado a sus hijos en sus registros, por eso tienen la potestad de darle los hijos a uno u otro cónyuge, dependiendo del derecho civil (derecho comercial y privado), o la ideología/dogmatismo del juez, lo que se dice “justicia en toda regla”.
Después de leer esto empezarás a darte cuenta de que el Estado y sus leyes no están hechas para protegerte a ti, si no porque tu energía, en forma de dinero (=billetes de banco y 0 y 1 en un banco), es necesaria para que siga funcionado dicho negocio (los Abogados son los que redactan las leyes, si no tienes licencia de abogado y pagas las cuotas temporales al Gremio, no tienes posibilidad de asesorar legalmente, y los Jueces antes han estudiado derecho, además son los expertos en derecho civil contractual, que nadie, salvo ellos entiende y son los que te salvan, o te condenan a los deshaucios) además la mayoría de políticos han estudiado derecho. El resto de grupos, son grupos asociados en el esquema ponzi (aunque parezca increíble).
Soluciones: Boda lícita, mediante derecho natural, esto es, justa, mediante contrato entre 2, con dos testigos (1 por parte) con sus respectivos autografos, dando Fe, y luego si hay interés, a una Iglesia para que lo reconozcan como Sagrado Matrimonio (pero sería derecho canónico, padre del derecho civil), y si no, significa que la gente solo se casa por lo civil para evitar pagar impuestos (por cierto, los impuestos son voluntarios). Aunque, también hay que tener ojo con el Vaticano.
Para mas informacion, ver las siguientes definiciones:
Certificado (de matrimonio):
Documento que según su origen, público o privado, hace plena prueba respecto de los terceros en cuanto a la veracidad de un acto o hecho. El carácter público o privado de un certificado proviene de la investidura de la persona que lo extiende. En la práctica, todos los actos o hechos que pueden tener relevancia jurídica son susceptibles de certificación, todo ello dependerá de los sistemas que adopten las diferentes legislaciones.
Instrumento por el cual se asegura la verdad de alguna cosa, bajo la fe y palabra del funcionario que lo autoriza con su firma. Dan fe únicamente los funcionarios que gozan de fe pública, como notarios, secretarios judiciales; y éstos, no solamente deben firmar, sino que han de sellar, e incluso signar el instrumento. | Carta o paquete postal certificado. (V. CERTIFICACIÓN.) | DE ORIGEN. El que justifica la nacionalidad y procedencia de un buque. | DE TRABAJO. Es un documento expedido por el patrono al trabajador, y donde se hace constar, dando fe de ello, los servicios prestados.
licencia
Del lat. licentia.
1. f. Permiso para hacer algo.
2. f. Resolución de la Administración por la que se autoriza una determinada actividad. Licencia de obras. Licencia de armas.
matrimonio
Del lat. matrimonium.
1. m. Unión de hombre y mujer, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.
interés
Del lat. interesse ‘importar’.1. m. Provecho, utilidad, ganancia.
3. m. Lucro producido por el capital.5. m. pl. bienes.6. m. pl. Conveniencia o beneficio en el orden moral o material.
Bouvier Law’s dictionary 1856 y Black’s law dictionary 1979:
MARRIAGE. A contract made in due form of law, by which a free man and a free woman reciprocally engage to live with each other during their joint lives, in the union which ought io exist between husband and wife. By the terms freeman and freewoman in this definition are meant, not only that they are free and not slaves, but also that they are clear of all bars to a lawful marriage. Dig. 23, 2, 1; Ayl. Parer. 359;
Stair, Inst. tit. 4, s. 1; Shelford on Mar. and Div. c. 1, s. 1.
2. To make a valid marriage, the parties must be willing to contract, Able to contract, and have actually contracted.
3. – 1. They must be willing to contract. Those persons, therefore, who have no legal capacity in point of intellect, to make a contract, cannot legally marry, as idiots, lunatics, and infant; males under the age of fourteen, and females under the age of twelve, and when minors over those ages marry, they must have the consent of their parents or guardians.
4. There is no will when the person is mistaken in the party whom he intended to marry; as, if Peter intending to marry Maria, through error or mistake of person, in fact marries Eliza; but an error in the fortune, as if a man marries a woman whom he believes to be rich, and he finds her to be poor; or in the quality, as if he marry a woman whom he took to be chaste, and whom he finds of an opposite character, this does not invalidate the marriage, because in these cases the error is only of some quality or accident, and not in the person. Poynt. on Marr. and Div. ch. 9.
5. When the marriage is obtained by force or fraud, it is clear that there is no consent; it is, therefore, void ab initio, and may be treated as null by every court in which its validity may incidentally be called in question. 2 Kent, Com. 66; Shelf. on Marr. and Div. 199; 2 Hagg. Cons. R. 246; 5 Paige, 43.
12. The common law requires no particular ceremony to the valid celebration of marriage. The consent of the parties is all that is necessary, and as marriage is said to be a contract jure gentium, that consent is all that is needful by natural or public law. If the contract be made per verba de presenti, or if made per verba de futuro, and followed by consummation, it amounts to a valid marriage, and which the parties cannot dissolve, if otherwise competent; it is not necessary that a clergyman should be present to give validity to the marriage; the consent of the parties may be declared before a magistrate, or simply before witnesses; or subsequently confessed or acknowledged, or the marriage may even be inferred from continual cohabitation, and reputation as husband and wife, except in cases of civil actions for adultery,
or public prosecutions for bigamy. 1 Silk. 119; 4 Burr. 2057; Dougl. 171; Burr. Settl. Cas. 509; 1 Dow, 148; 2 Dow, 482; 4 John. 2; 18 John. R. 346; 6 Binn, 405; 1 Penn. R. 452; 2 Watts, R. 9. But a promise to marry at a future time, cannot, by any process of law, be converted into a marriage, though the breach of such promise will be the foundation of an action for damages.
15. Marriage is a contract intended in its origin to endure till the death of one of the contracting parties. It is dissolved by death or divorce.
LOYAL. Legal; according to law; as, loyal matrimony, a lawful marriage; at- tached to the existing law.
Marriage. Legal union of one man and one woman as husband and wife. Singer v. Hara, 1 1 Wash.App.
247, 522 P .2d 1 1 87, 1 1 93. Marriage, as distinguished from the agreement to marry and from the act of becoming married, is the legal status, condition, or relation of one man and one woman united in law for life, or until divorced, for the discharge to each other
and the community of the duties legally incumbent on those whose association is founded on the distinction of sex. A contract, according to the form prescribed by law, by which a man and woman capable of entering into such contract, mutually engage with each other to live their whole lives (or until divorced) together in state of union which ought to exist between a husband and wife. The word also signifies the act, ceremony, or formal proceeding by which persons take each other for husband and wife.
MarrIage license. A license or permission granted by public authority to persons who intend to intermarry, usually addressed to the minister or magistrate who is to perform the ceremony, or, in general terms, to any one authorized to solemnize marriages. By statute in most jurisdictions, it is made an essential prerequisite to the lawful solemnization of the marriage.
MarrIage certificate. An instrument which certifies a marriage, and is executed by the person officiating at the marriage; it is not intended to be signed by the parties, but is evidence of the marriage.
Matrimonium ltr;m6wn(i)y;m/ . Lat. In Roman law, a legal marriage, contracted in strict accordance with the forms of the older Roman law, i.e., either with the farreum, the coemptio, or by usus. This was allowed only to Roman citizens and to those neighboring
peoples to whom the right of connubium had been conceded. The effect of such a marriage was to bring the wife into the manus, or marital power, of the husband, and to create the patria potestas over the children.
Matrimony. Marriage (q. v.), in the sense of the relation or status, not of the ceremony.
Marriage Bonds and Licenses: https://familysearch.org/wiki/en/Marriage_Allegations,_Bonds_and_Licences_in_England_and_Wales
http://history.stackexchange.com/questions/3102/why-did-some-people-need-to-pay-a-bond-in-the-1700s-in-order-to-get-married
http://www.etymonline.com/index.php?term=bond
bond (n.) Look up bond at Dictionary.com
early 13c., “anything that binds,” phonetic variant of band (n.1). For vowel change, see long (adj.); also influenced by Old English bonda “householder,” literally “dweller” (see bondage). Legalistic sense first recorded 1590s.
bond (v.) Look up bond at Dictionary.com
1670s (transitive), from bond (n.). Intransitive sense from 1836. Originally of things; of persons by 1969. Related: Bonded; bonding. Male bonding attested by 1969.
https://wordpress.com/post/educacionlibreysoberana.wordpress.com/6120 : ver bonos (=bonos de matrimonio).
http://www.abogados365.com/consultas/boda-civil-y-boda-por-la-iglesia-permiso-por-matrimonio
http://legal.practicopedia.lainformacion.com/familia/tramites-legales-para-casarse-en-espana-444
http://www.bodaclick.com/report/papeles-para-una-boda-civil-y-por-iglesia.html
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483950281/Detalle.html
Mas info complementaria:
http://noficcin.blogspot.de/2015/02/el-fraude-en-letras-mayusculas.html
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/administracion-justicia
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2016/02/15/fascismo-corporativo-el-vaticano-y-el-siglo-xxi/
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2016/02/13/la-gente-viva-sella-documentos-con-autografos-las-corporaciones-utilizan-firmas/
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2016/02/10/el-estado-como-corporacion-y-el-hombre-de-paja/
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2014/10/22/fraude-del-certificado-de-nacimiento-articulo-largo/
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2016/04/04/3845/
https://educacionlibreysoberana.wordpress.com/2016/03/20/cest-tui-qui-trust-fraude-de-tu-strawman/
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También están los fraudes de identidad , que pueden llevar al divorcio, el cuál no siempre es un capricho ni se hace por hacer daño:
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Otra historia de fraude en un matrimonio :
http://www.bbc.com/mundo/noticias/2014/12/141128_cultura_margaret_walter_keane_ojos_gigantes_pelicula_finde2014_jg
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