LA FICCION LEGAL.

Recientemente y gracias a un usuario del blog, he podido descubrir un tema que me parece demasiado interesante como para no investigarlo a fondo. Al parecer cuando nosotros nacemos, no solo disponemos de una serie de derechos y obligaciones comunes a todo el mundo y señalados en el Código Civil (o leyes civiles, o leyes comunes) sino que también asumimos una serie de compromisos bajo un engaño muy bien orquestado, y que podríamos rechazar en cualquier momento, pero que se disfrazan para que parezca que están incluidos en esa lista de condiciones que conforman una sociedad. Se trata de la «ficción legal»: cuando nacemos nuestros padres acuden al Registro Civil y cuando nos inscriben, se crea lo que se llama una «persona jurídica» que no somos nosotros, aunque tenga también nuestro nombre. La persona jurídica es como una empresa privada que gestiona cada uno de nosotros, y el hecho de identificarnos con esta «corporación» permite una serie de extralimitaciones por parte del Estado sobre las personas individuales.

Un documento como el DNI, el carnet de conducir, una tarjeta de crédito, o una tarjeta de pertenencia a alguna institución, forman parte de esta ficción legal, y es por eso que el nombre está escrito en mayúsculas, como el de cualquier sociedad mercantil. Actuamos a través de esa corporación en la que invertimos un dinero, y también mediante nuestro trabajo, a lo largo de una vida, debemos garantizar una cierta productividad, el pago adecuado de deudas, el pago de impuestos o acceder a ciertas garantías y certificados amparados en esa productividad (seguridad social, seguros…). Es sorprendente puesto que sin esta ficcion legal tampoco podemos acceder a muchos beneficios de la sociedad. A cambio de una serie de desventajas y sacrificios (la aceptación de una serie de condiciones que limitan la libertad del individuo) se puede acceder a una serie de beneficios como los mencionados antes (seguros, subsidios, becas, permisos…). Lamentablemente no conozco mucho sobre el tema, pero es interesante y os invito a profundizar y descubrir que es lo que se esconde detrás de estas supuestas obligaciones y cuáles son las leyes en las que realmente la sociedad está fundada.

Os dejo un post en el que también trataba un tema que tiene que ver con el derecho y las leyes:

https://paramisonenigmas.wordpress.com/2012/12/09/como-se-justifica-la-propiedad-privada/

Y la fuente de esta información:

http://teatrevesadespertar.wordpress.com/2012/12/27/ficcion-legal-el-hombre-de-paja-nos-controla/

33 comentarios sobre “LA FICCION LEGAL.

  1. Muy buen artículo,bien resumido y mejor explicado. Como dices,el Estado nos priva de libertades a través de ésta ficción legal qué sino queremos no tenemos porqué representar aunque al renunciar a ella supongo que también se pierden los beneficios. Hay gente que está experimentando con éste tema y como nos afecta y sería muy interesante obtener sus opiniones y experiencias.

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  2. Pues sí hay que investigarlo. De momento, te pongo los artículos del Código Civil de España que se refieren a las personas jurídicas del 35 al 39, atento:

    ARTÍCULO 35: «Son personas jurídicas:
    1. Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público reconocidas por la ley.
    Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a derecho, hubiesen quedado válidamente constituidas.
    2. Las asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados.»

    ARTÍCULO 36: » Las asociaciones a que se refiere el número 2.º del artículo anterior se regirán por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según la naturaleza de éste. »

    ARTÍCULO 37: «La capacidad civil de las corporaciones se regulará por las leyes que las hayan creado o reconocido; la de las asociaciones por sus estatutos; y la de las fundaciones por las reglas de su institución, debidamente aprobadas por disposición administrativa, cuando este requisito fuere necesario.»

    ARTÍCULO 38: «Las personas jurídicas pueden adquirir y poseer bienes de todas clases, así como contraer obligaciones y ejercitar acciones civiles o criminales, conforme a las leyes y reglas de su constitución.
    La Iglesia se regirá en este punto por lo concordado entre ambas potestades; y los establecimientos de instrucción y beneficencia por lo que dispongan las leyes especiales. »

    ARTÍCULO 39: «Si por haber expirado el plazo durante el cual funcionaban legalmente, o por haber realizado el fin para el cual se constituyeron, o por ser ya imposible aplicar a éste la actividad y los medios de que disponían, dejasen de funcionar las corporaciones, asociaciones y fundaciones, se dará a sus bienes la aplicación que las leyes, o los estatutos, o las cláusulas fundacionales, les hubiesen en esta previsión asignado. Si nada se hubiere establecido previamente, se aplicarán esos bienes a la realización de fines análogos, en interés de la región, provincia o Municipio que principalmente debieran recoger los beneficios de las instituciones extinguidas.»

    ¿Te llama algo así a primera vista, la atención del artículo 38?

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  3. Hola:
    Estimo que ese artículo se refiere a que una persona jurídica también tiene derecho de hacer demandas judiciales, como ser susceptible de que sea demandada, al igual que una persona física. A eso apunta lo de «ejercitar acciones civiles o criminales».

    La Iglesia católica se rige por normas especiales en cuanto a la educación e impuestos.
    Con lo de ambas potestades se me ocurren algunas ironías, pero será para otra ocasión.

    Saludos.

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  4. Sin saber nada sobre el asunto y sin haber leído más que esos enlaces que adjuntas. El hecho que jurídicamente se pueda haber creado una figura paralela a cada una de las personas explicaría que el estado a quien reconoce realmente sea a esa ficción similar a una persona jurídica y escribe su nombre con mayúsculas. A ese sujeto le da plena libertad para comprar y vender lo que desee. Le da pleno poder de goce de aquello que ha comprado. Pero en ningún caso significa el reconocimiento de la parte palpable del sujeto. Eso carece de derechos u obligaciones. A la realidad me remito inspirándome en las letras de este artículo y enlaces.

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      1. Que más allá de lo que pensemos aquello que pensemos tiene que encajar con lo observado en la realidad. Ésta no es muy generosa con los derechos de las personas como tales y en toda su amplitud. Sin embargo los derechos económicos de la persona representados por esos documentos que le permiten comprar y vender son respetadísimos

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  5. LAS CORPORACIONES ESTAN SUJETAS A LAS LEYES MARÍTIMAS INTERNACIONALES. LA PERSONA JURIDICA (CON NOMBRE IDÉNTICO A UNA PERSONA FÍSICA, PERO ESCRITO EN MAYÚSCULAS, ES UNA EMPRESA, QUE JUNTO A LAS DEMAS EMPRESAS APARENTES, COTIZA EN BOLSA, ES PLENA RESPONSABLE DEL RESPALDO Y GARANTÍA DE PRÉSTAMOS QUE TOMA EL ESTADO, ETC.) LA PERSONA FÍSICA NO ESTA SUJETA A LEYES MARÍTIMAS, GENERADAS INTERNACIONALMENTE, PARA EL TRÁFICO DE MERCANCIAS, POR LOS OCEANOS QUE SON AGUAS INTERNACIONALES. INFORMAROS SOBRE LEYES MARITIMAS Y LO ENTENDERÉIS MEJOR.

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  6. Lo que dijeron Celades y Guzmán,de que cada recién nacido en USA,una vez registrado en la partida de nacimiento,cotiza en bolsa como valor futuro de trabajo y producción,me pareció muy fuerte.No es más que otra manera,aunque mucho más aséptica y caritativa, de vender esclavos en la plaza del mercado(con los mercados hemos topado).Ignoro si eso sucede aquí en España,donde por lo demás,las letras mayúsculas,partidas y los DNIs también existen.Tecleé «leyes marítimas» y en wikipedia sólo hay esto:»El Derecho marítimo es un cuerpo normativo que rige los problemas que puedan surgir a raíz de las relaciones entre entidades de Derecho privado dedicadas al tráfico marítimo. El Derecho marítimo ha de ser diferenciado del Derecho del mar, constituido por un cuerpo de normas de Derecho internacional que regula las relaciones jurídicas entre Estados, y no entre particulares.
    El Derecho marítimo ha tenido una gran importancia histórica que se mantiene hasta nuestros días, siendo una rama muy importante del Derecho mercantil. Esto se debe a que el transporte por mar es muy utilizado para transportar las mercancías objeto de compraventas internacionales.
    [editar]Tiempo de guerra

    El Derecho marítimo internacional convenido entre todas las naciones civilizadas regula el ejercicio del bloqueo marítimo en tiempo de guerra. Una nación en lucha con otra tiene derecho a evitar, siempre que pueda, que esta otra se abastezca por vía marítima impidiendo el tránsito por la mar de sus buques de comercio y de las mercancías a ellas consignadas que naveguen a bordo de buques neutrales, pero, a fin de humanizar la guerra, la acción de los corsarios está taxativamente regulada en el ejercicio de lo que se llama derecho de visita.

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  7. hola soy ramon de la http://laovejavaliente.wordpress.com/ llevamos un tiempo investigando sobre el tema el hombre de paja o doble tu y hemos abierto un grupo en face con el nombre el hombre de paja para unificar noticias documentos y experiencias personales sobre el proceso si quereis daros una vuelta por alli para ampliar informacion sereis bienvenidos a mas informacion mas claridad en este tema sin mas un saludo

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  8. Todo esto sirve para controlarnos mejor y para que paguemos. Yo me enteré hace poco que hasta por tener una tumba hay que pagar , y si la familia no paga desentierran a quien está dentro .

    Supuestamente una casa debería de poder tenerla todo el mundo. Pero aparte de lo que puede costar la tierra y la vivienda en si, además tienes que estar pagando dinero al ayuntamiento correspondiente .

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  9. Cuando alguien nace lo registran…en un Registro Civil, en mayusculas…

    El origen del registro no lo se, pero ya lo hacian los romanos, y luego la iglesia catolica.

    Los romanos lo hacian para registrar a sus ciudadanos, y por lo tanto, pagar impuestos, y contribuir al Estado Romano.

    La Iglesia Catolica, no lo se, pero en 1572 aprox. durante el Concilio de Trento se acordo que los registros de la gente iban en 4 libros [esto viene quizas por la aparición del protestantismo]:

    Registros de Nacimientos, Defunciones, Bodas, y Cofradias. (a todo esto los registros no eran en mayusculas).

    Despues de la Rev. Francesa (azuzada por los Illuminati de Baviera, pero efectuada por la Gran Logia del Oriente Frances, y financiada por los banqueros), los registros se hicieron propiedad del Estado (separacion de la Iglesia del Estado), ademas, se hacian en mayusculas (segun un catedratico en historia me dijo, que para temas de «Claridad y entendimiento para la gente analafabeta y evitar errores tipograficos» pero a partir del S XVIII-XIX habia mas gente alfabetizada que anteriormente, pero al final reconocio que se hacian los mismos errores tipograficos que anteriormente).

    Mas adelante en España surgió la Policia, que hacia las cedulas de identificacion, y control de la gente, y por supuesto a finales del siglo XIX, con el trienio liberal aparecio el Registro Civil español propiamente dicho, y tambien las primeras leyes de «vagos y maleantes» ya que en el S XVIII o antes, si no trabajabas para una empresa no eras un bicho raro.

    La mayoria del lenguaje y principios legales españoles y continentales viene del derecho Romano (aunque tambien hay cosas anteriores, fueron los romanos quienes lo hicieron de forma practica, y sensata; yo calculo que al menos un 65-85% aprox).

    Las mayusculas vienen del «CAPITIS DIMINUTIO MAXIMA» que dice que los nombres cuanto mas en mayusculas, menos derechos tienen, y eran los esclavos y los muertos (las lapidas) que tenian sus nombres escritos en mayusculas, porque no tenian derechos.

    Aqui mas info:

    http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=7&cad=rja&uact=8&ved=0CFEQFjAG&url=http%3A%2F%2Fdialnet.unirioja.es%2Fdescarga%2Farticulo%2F2796481.pdf&ei=RJUJVae_EIW4UZ6HhNgG&usg=AFQjCNHNssORGQU0mkgFearV2PdS1lp01Q&bvm=bv.88198703,d.d24

    http://leydizubieta.blogspot.com.es/2012/07/la-capitis-diminutio-para-los-romanos.html

    Las corporaciones vienen del «Corpus» (cuerpo muerto y/o legalporque fisicamente no existia, pero legalmente si un gran ejercicio de imaginación) se deriva en Corporatio, por tanto todos los cuerpos muertos son corporaciones, y tienen su nombre escrito en mayusculas (es decir las empresas, personas legales son cuerpos legales, o corporaciones, etc…).

    Aqui el origen de las primeras corporaciones:

    http://www.derechoromano.es/2011/12/personas-juridicas.html

    Aqui el tipo de personas frente al derecho en Roma:

    http://www.monografias.com/trabajos50/derecho-romano/derecho-romano2.shtml

    Luego tenemos el contrato:

    http://www.antorcha.net/biblioteca_virtual/derecho/derecho_antiguo/9.html

    Por tanto: Mediante estos 3 principios legales (principio del Capitis Diminutio Maxima, Ley del Registro Romano, Origen del Contrato) y junto con la ley del almirantazgo (es decir como funcionan las cortes de justicia, se hace el sistema judicial, politico, economico actual.

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  10. Ahora esto se desmonta facilmente:

    Segun dicho catedratico, en la edad media los nombres de persona estaban escritos todos en minusculas, solo tenian las primeras letras en mayusculas, la gente de clase noble.

    Los apellidos nacieron principalmente por 2 motivos (que yo sepa): Para identificar origen noble de la persona por ej. Carlos III de Borbon…. y para temas impositivos (o de tasas, y por tanto para el control de la gente que pagaba o no pagaba), y explicaban el origen de su familia: Escudero (que hace escudos), Monedero (que hacia escudos), de la Barca (un sitio llamado barca), etc… y tambien (Gomez: hijo de Gomo, Rodriguez: hijo de rodrigo, etc…).

    Cuando tu firmas algo, lo haces con la primera en mayuscula, y el resto de letras en minusculas.

    Un estado es un ente ficticio (una ficcion legal); una ficcion es algo que no existe, y algo que no existe no puede darte derechos, salvo que tengas un contrato donde se manipula la gramatica.

    Cualquier empresa ( o persona legal, moral, etc…) tiene que tener un documento fundacional, llamado constitucion o estatuto (ver Codigo Civil).

    Un derecho es algo que existe en cualquier personda desde cuando nace, no hay mas que ver la definición de derecho en el diccionario; durante muchos siglos los Reyes daban privilegios a sus subditos, y durante el S XIX los estados tambien daban privilegios; ahora dichos privilegios se llaman derechos (derechos civiles, parlamentarios, constitucionales, etc…) por definicion del diccionario de privilegio. En la actualidad, dichos derechos, naturales, estan en el art. 10.1 donde el estado reconoce dichos derechos, pura manipulacion gramatical y la gente que no investiga.

    Una constitucion es un documento fundacional de una empresa (un estatuto y un contrato tambien serian validos: ver info al respecto de estos dos); por tanto como contrato, y segun los principios del contrato, estos han de ser aceptados por ambas partes de buena fe, y para nada han de ser coercitivos.

    Cuando una persona acepta el contrato con el estado, esta adquiere «derechos y deberes» economicos y politicos (basicamente pagar impuestos, recibir algo a cambio a veces; bueno, los autonomos no reciben casi nada; y votar cada 4 años para que en vez de 50 te den 20 latigazos en el culo) y poco mas; para ello los habitantes de la zona han de hacer su papel, de actuar como ciudadanos y aceptar los derechos civiles para sus relaciones con el estado.

    Cualquier servidor estatal, jura la constitucion, por tanto serán fieles y llegaran a las ultimas consecuencias de su fidelida a un ente que no existe, el estado; por tanto y por ej. un abogado solo hará lo posible para cumplir la constitucion, rizando el rizo, pero jamas te contará nada de la clausula 10.1 de la constitucion, o clausula de salvamento.

    *El derecho civil es derecho positivo.

    *La jerarquia de las leyes es intocable, encima de la constitución esta el Codigo Civil, y debajo estan todas las normas, que las llaman Leyes, y otros nombres; pero ante cualquier duda estan las fuentes del derecho, y sabiendo la raiz del problema, puedes solucionar el problema de raiz (Ver abajo donde pone «100»)

    *Una empresa no puede dictar leyes, salvo bajo consentimento expreso de los gobernados, en todo caso solo puede dictar: Estatutos, Actas y normas.

    *El origen de las primeras corporaciones fue prestar servicios a la comunidad, no ganar dinero, por tanto en el derecho natural prima la logica, la naturaleza de las cosas, las tradiciones y costumbres, no las ficciones legales o gramaticales.

    *Los jueces y abogados van de negro, porque representan, segun la ley del almirantazgo, a los marineros muertos en los juicios antiguamente, por tanto si un juicio fuese en honor a la justicia, todos los jueces estarian vestidos de blanco, pero, como «es la tradición»… ademas los abogados hablan por sus representados porque «estan muertos» y los muertos no hablan. En esa epoca el juez actuaba como arbitro, y arbitraba las indemnizaciones de las tripulaciones fallecidas, entre el contratante y la tripulacion muerta. Ademas, los curas catolicos y los licenciados universitarios (Especialmente de univ. americanas, principalmente origen Ingles), iban de negro, por tanto dicha tradición es muy antigua, hay fuentes que dicen que va en honor a Saturno, y viene de los Fenicios y/o Cananitas (nunca sabemos lo lejos en verdad que estamos de la autentica verdad).

    Para saber si un juez es justo, hay que pedir al juez la copia de su juramento y pedirle que te juzgue como persona natural, y que actue como juez, y no como arbitro; no vaya a ser que no actue bajo juramento, sino bajo su propio criterio; en wikipedia (si no me he olvidado) la defensa que se hace del sistema judicial esp. es que los jueces pueden tener un creterio propio a la hora de juzgar, aunque la justicia no es eso (si la justicia civil, pero la autentica justicia es el equilibrio entre lo que se da con lo que se recibe, y para ello tiene que haber honor y verdad, y en absoluto hay eso en gran parte del Derecho Civil), ademas se le podria pedir a la policia su arresto, por actuar de forma fraudulenta como empleado publico (empleado de todos), puesto que no aplicaria el art 10.1 y por tanto no aplicaria su juramento; pero si no se ha matado a nadie, ni herido a nadie a drede, no hay obligatoriedad de ir a la citacion judicial, puesto que para ello tiene que haber contrato, en caso de amenazas de la policia, se le puede recordar que no se consiente, y que si aplica una arresto por no acudir a un juicio de este tipo, se le puede aplicar la ley penal de secuestro y privacion de libertad, puesto que no has consentido y el policia o GC ha sido advertido, seguro que les gusta mucho eso.

    Una de las mayores traiciones del derecho civil, es que por un lado tu tienes que actuar aplicando tus «Derechos civiles», y tambien que las empresas son tambien equiparables legalmente a los ciudadanos, porque ambas son personas legales (mediante el Capitis Diminutio Maxima) pero no lo saben; sino, en el derecho Natural, las personas son las que crean las empresas, y la definicion de las acciones (Definicion natural de las palabras) en el diccionario, son los hechos que se juzgan (es decir, se juzgan 91% de las veces hechos y palabras; o sea, ley del caso o common Law inglesa; hechos reales, no ficciones gramaticales como las hechas en las leyes estatales (por ej. Persona Fisica es ilogica, una persona es una mascara legal de una ser humano, en todo caso es una persona natural, y solo se usa en la ley del IRPF, o sea que hacen una ley Ad-hoc, como no pueden decir por un motio X «IRPN» … de las personas naturales, crean un eufemismo, y manipulan de forma torticera la gramatica. Vease Art 6 y 7 de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil)).

    PAra saber la autentica verdad: Diccionario de la lengua, diccionario legal, y diccionario etimologico,(castellana e ingles), ademas de hechos historicos (origen de… usos del) y la logica, y segun los principios del derecho,

    Haz clic para acceder a ANEXO%202.pdf

    100.-En derecho son peligrosas las definiciones.
    » http://www.chasque.net/frontpage/relacion/0408/derecho.htm » basicamente el derecho positivo defiende la evolucion de las definiciones, y hay un hecho historico, y es que el origen de una palabra tiene fuerza por si misma, y su uso primigenio apenas cambia; por tanto para el derecho positivo, se aplica la evolucion de las palabras, para el natural no.
    por ej. en el S XIX los derechos civiles eran privilegios, en la actualidad se consideran derechos, pero aplicando su definicion del diccionario, no pega ni con cola, sino los juicios sin estos dimes y diretes, serian muy cortos y no seria un buen negocio para los abogados y otros cuerpos.

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  11. Gracias por estos comentarios, son simplemente brutales y la información que das que yo no conocía, es importantísima. Me alegra también que este tema esté activo porque es necesario que la gente se interese por los trucos legales y el origen de cosas que tanto afectan a la vida humana. Y ahí están las razones por las que hay tan poca libertad. Gracias de nuevo por iluminarnos.

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  12. Pues se agradece!

    Bueno he de decir que he escrito tan rapido que puede haber algun fallo en puntos, y comas, etc… ante cualquier duda, avisad.
    Ademas he de decir, y se me han olvidado varias cosas.

    1-Antes del S.XIX en Argentina por ej. los que no eran esclavos, tampoco eran ciudadanos, pero eran aforados (vamos, lo que les pasa ahora a los politicos nacionales).

    2-La Asociacion Internacional de Abogados, international BAR Association, es de origen Templario; cuando los Templarios se disolvieron, se fueron a 3 sitios (Que yo recuerde aunque puede ser mas): Suiza, Escocia y Londres, en londres (LA City de Londres, que es una entidad legal diferente a Londres, y que tiene unas normas totalmente diferentes a los del resto de Inglaterra, y donde se origino la primera Bolsa de valores, y tambien los primeros abogados, y donde esta la Temple BAR, o Barra de la Iglesia del Templo), habia una serie de Abogados a la hora de los juicios…como por ahi tambien pululaban los masones y los banqueros, se juntaron todos (o los Banqueros vieron el invento y como estan todos mas o menos interrelacionados con muchas sociedades secretas, consiguieron expandir dicho modelo «superguay»); no olvidemos que la City de Londres tambien era una corporación, y que las constituciones tienen origen mason (Parlamento, Constituciones, etc… vienen en muchos libros historicos de masoneria), pero tambien tienen origen con la iglesia catolica, los Estados, etc… En realidad los Abogados no son necesarios, simplemente son recomendables, en el juego del Derecho Civil (legislacion gramatical, la podriamos llamar), en temas de casos y derechos naturales otro gallo canta.

    3-La mayoria de Estados modernos fueron impulsados por los Masones… al igual que USA.

    4-Al principio de USA, todos los habitantes eran personas naturales, a partir de un punto, creo que enmienda 13 y/o 14 todos eran ciudadanos, al menos mediante el lenguaje. Legalmente era mas poderoso y autoritario ser ciudadano de un Estado, (o como se llamase) que serlo de la corporacion US (US es una corporacion, esa es otra).

    4-Recomendable revisar todo lo relacionado a la historia secreta de USA, historia oculta/secreta del IRS, la FED, etc.. porque ahi estan muchas claves de muchas cosas, ademas de la historia de la ONU, y/o la corporacion bancaria de la City de Londres, y cosas por el estilo, todo tiene que ver con la gramatica y los contratos.

    Recomendable:

    http://www.Bibliotecapleyades.com

    http://www.theforbiddenknowledge.com/hardtruth/secret_american_history.htm

    http://www.beliefnet.com/Entertainment/Movies/The-Da-Vinci-Code/The-Secret-History-Of-The-Knights-Templar-In-America.aspx

    http://expose1933.weebly.com/4-bar-exposed.html

    http://www.apfn.org/apfn/secretoath.htm

    etc… bueno, si se me ocurre algo mas intentar hacerlo en 1 post, 1 comentario, aunque mejor poner las referencias porque es muchisimas informacion, y que la gente busque, y si tienen interes, y dudas, que me avisen.

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  13. Que más da que el Nombre esté en MAYÚSCULAS o minúsculas ??? Si lo que realmente es que se te Registra con un NOMBRE/MARCA/SELLO ( Tu Nombre )… Si se fijan, verán que Primero se nos registra con nuestro Nombre en Minúsculas en el LIBRO DE FAMILIA, y luego en Mayúsculas en la PARTIDA/CERTIFICADO DE NACIMIENTO, son 2 Documentos diferentes… PERO CON EL MISMOS NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN… Pueden comprobarlos ustedes mismos… Entonces ??? Lo de las Letras Mayúsculas empezó en el año 1939 cuando EEUU se declaró en quiebra, y se tiró de las Personas/Empresas como Aval Financiero….Antes de 1.939 Todos los Certificados aparecen en Minúsculas, incluso D.N.I. facturas etc… No son las Mayúsculas, es el HECHO de IDENTIFICARTE con un Nombre que no te pertenece, ya que está Ragistrado a Nombre de la Triple Corona que porta el Pápa, da igual si es en Mayuscula o Minúsculas, las dos formas del Nombre llevan el Mismo Número Registrado…. Pueden informarse en: http://www.LoseTheName.com y en http://www.KateOfGaia.wordpress.com …. Saludos a Todos….

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    1. No es lo mismo, esta en mayusculas por que todo son corporaciones, o cuerpes muertos, y ficciones legales, y en la ley de familia romana, los esclavos y los muertos no tenian derechos si no privilegios, y por ello tenian sus nombres en capitis diminutio maxima.

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  14. Y… sobre el Comienzo del Registro…. En la época de Babilonia, el Pápa que hubo en ese Tiempo se AUTO-DECLARÓ (Junto con sus Discipulos los Jesuitas ) …Dueño 1_ de Toda La Tierra, 2_ de Todo el Mar y 3_ de Todos Los Seres Vivos (Incluidos los Seres Humanos )… Aqui está lo que Simboliza la Triple Corona que porta el Pápa, el verdadero jefe de la Orden de Jesus/Templarios/Masones/Sociedades Secretas…etc ( Los Jesuitas )… Y aquí NACE la Ficción Legal ( Madre de TODAS las Conspiraciónes ), …. …éste es el Comienzo de la Decadencia del Ser Humano…. Y la Ficción Legal solomanete Funciona para Quién la Acepte… Hay que informarse, ya que requiere mucha Atención… Ejemplo: Te para la Policia con tu cohe, y solo el hecho de parar, ya estás entrando en el Juego, o al Preguntar: ¿ es usted Manolito Gafotas ?… Si respondes que sí, entras en la Ficción Legal, Tener un Buzón para que metan el Correo, el Buzón, es de Hecho un PRE-CONTRATO, ya que solo con meter el correo se supone que aceptas entrar en la Ficción ( Correo del Gobierno… etc)… Ésta és la verdadera Salida del Sistema, no andarse de Burbuja en Burbuja de conspiración… Saludos Gente….

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  15. McIntosh, desde luego que tu no sabes nada de Leyes/Legalidad: En derecho como en gramatica: un punto o una coma, singifica una cosa u otra, al igual que mayusculas o minusculas… legalmente hablando.

    Al igual que no es lo mismo Gabino ven, que venga vino. Ademas que la mayoria de las leyes/perceptos legales, son contractuales (vienen de un contrato) y vienen de los Romanos, y el origen/significado de una palabra no pierde fuerza en si aunque intente tergiversarla.

    En el derecho natural, las palabras valen su definicion de los actos, no vale crear palabras nuevas que antes existina, por ejemplo: antes era autoretrato, ahora es selfie.

    En el derecho positivo, es un derecho corrupto (definicion de la palabra corrupcion para entenderla) en donde en cada contrato o relacion contractual, se tergiversa la gramatica, y se da un nuevo uso a cosas que ya existian en la naturaleza, por ej. buscar en la sinopsis de la constitucion el significado de: Juez Natural, y se vera que va fuera de toda logica. En cambio un Juez civil, es aquel que tiene jurisdiccion civil; un Juez Penal es aquel que tiene jurisdiccion penal.

    Lo de las letras mayusculas empezo bastante antes, hace al menos 2 milenios, con el CAPITIS DIMINUTIO MAXIMA.
    Ademas he indicado que, el enforzamiento de los registros por la Iglesia Catolica fue en el concilio de Trento, y su objetivo fue saber el numero de fieles que poseian, despues del cisma del protestantismo y de paso, castigarles en el futuro de alguna forma, que la iglesia muchas veces no perdonaba; dicho registro estaba en 4 libros separados…y los nombres escritos en minusculas.

    http://scannedretina.com/2014/11/09/all-caps-name-new-banking-twist/

    En cuanto surgio la Rev. Francesa, se crearon el registro Civil, Mercantil y de Propiedad, en donde cada cosa, era un asiento (lenguaje contable, como es logico) y en donde, al menos el Registro Civil tomaba nota de las personas en mayusculas… Al menos la funcion del Registro de Propiedad/Catastral era fomentar el mercado de vivienda, esto en el S XIX.

    Ademas en el mismo siglo surgió la Union internacional de Correos, cuya funcion era promover el comercio y envio de paquetes, ademas de construir vias de caminos, carreteras, etc… al menos en EEUU y en España habia ministerios y/o agencias de correos que eran lo que hoy seria un Ministerio de Fomento y/o Infraestructuras.

    *Lo de las Letras Mayusuclas en un documento personal, y tu actuando como ciudadano, empezo a usarse en grandes cantidades a partir de los años 28-32 en adelante, despues de esto, empezaron a aparecer en USA tres leyes muy clarividentes: Securities Act 1932, Securities Exchange Act, 1933, y Social Security Act 1935, no es causialidad el mejor ejemplo con la aparicion de la Seguridad Social, que, en abosluto tiene que ver con apoyar a la gente cuando tiene problemas economicos y de alimentos (en teoria eso es lo que nos venden) pero en la practica los numeros no cuadran por lo siguiente:

    Tu «cotizas» por 40 años a la Seguridad Social por, pongamos 1millon de Euros; en teoria cuando estas a mitad de camino, estas en el paro, y habiendo cotizado 150000€, solo tienes derecho a 2 años, a 1000€ por mes, esto son 24000 Euros.., por tanto de esos 150000-24000 hay 126000 que no se sabe donde van (dicen que a los jubilados, parados, y la snidad, pero las cuentas no salen) por otro lado solo necesitas una operacion de cataratas, de 15000 euros hasta que te jubilas… y cuando te jubilas te pagan 100000 Euros, por tanto de ese millon cotizados:

    1- No sabes donde van, por mucho que los politicos se empeñen en afirmar que van a todo el mundo.

    2-Solo gastas una minfima parte.

    3-El dinero siempre se almacena en el banco, privado, y un banco esta obligado a tener solo 8% de su valor (o el valor de sus activos, en caja) con el resto, lo tiene de forma virtual, y lo que probablemente haga, es invertir en bolsa, y/o en otras empresas, o esconderlo, en paraisos fiscales; por ej. Islas Virgenes (el Banco de Santander tiene 60000 millones ahi) y si quiebra el banco, el gobierno plin.

    4-Has gastado solamente: 24000+100000+15000=140000, del millon cotizados, y cuando lo recibes, no es el dinero acumulado por ti, sino que es, el dinero que la gente en edad de trabajar, esta rproduciendo por ti.

    *Nota, las cifras son imaginarias, no se cuanto es la media de cotizacion por persona.

    **La productividad de una persona es proporcional al dinero que la empresa produce por trabajador, si la empresa es monopolistica, tiene mas productividad en algunos casos, o muchas ventajas fiscales.

    ***El actual sistema economico, se basa en dinero deuda, por tanto todo el dinero que se mueve, se basa en deuda, no tiene respaldo de valores palpables, como oro, plata, y/o industrias, es decir, en aire, y para ello hace falta que gobiernos y trabajadores se endeuden…si no hay deuda, no habria negocio para los bancos, porque como son privados tienen que vivir de la usura/deuda/interes/hipotecas, etc… tambien la economia, si no crece un 2% es una m de pais.

    ****El valor base de la mayoria de servicios antes de impuestos, es menor, que si se hace despues, por tanto es mucho mejor evitar tasar cosas necearias como las operaciones quirugicas o los materiales quirurgicos. y
    podriamos escribir sobre este tema, eternamente.

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    1. Este tema es apasionante. Yo lo que entiendo, es que para librarse de…. no sé, ¿una multa?, no lo sé, lo suyo es tener un documento hecho ante notario diciendo que el nombre de tu DNI no es tuyo, que tú no eres esa persona o siendo tú mismo o tu misma el notario con un documento en tinta roja porque «las personas vivas firman en rojo» o algo así según tu blog «Educación libre y soberana».

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      1. Lunaris, 100% eso no puedo afirmar ahora…

        Pero una declaración jurada puedes hacerla de tres formas: frente a un. Notario, y soltar la gallina.
        Frente a dos, tres testigos, que firmen dicha declaración, o ante Dios el creador, es suficiente…. ah y sin mentir.
        Para que no te molesten más, puedes élites Pinar el derecho de acceso de empleados del Estado, eso incluye a los partidos políticos, reclutadores de impuestos o Agentes de la ley en Capacidad comercial… esto es te traen ofertas de servicio, o. Multas…
        Etc…
        Ahora unos pocos principios…
        Jurisdicción es «lenguaje de la ley», si uno habla en castellano y el otro en vasco, pero quieren comerciar, y hay controversia: tus amigos jueces y abogados te harán un favor previo pago… es decir, hay un contrato.
        2-Si actuas en capacidad privada como adulta que controla la situación, en el mundo de adultos y maduros, primero preguntas y luego sacas las conclusiones de por qué o se te aplica… en juicios etc… chorradas legales, y probablemente el juez no necesite tutelarte…es decir tratarse como una adulta incompetente, lo mismo para las multas… preguntales… pruebas, evidencias, o lo que te ata, no vale un papelito q ponga ley o norma.
        3-Una jurisdicción superior es más fuerte q una inferior. Si. O hay muerte, un contrato es superior a una multa.
        4-Consensus facit legem: el consentimiento y/o consenso, hacen la ley. Las leyes son, en general, comerciales y sin consentimiento expreso, no hay ley.
        5- Si no hay un cadáver, ni herido, ni propiedad destrozada, ni pruebas o evidencias de tu participación, entonces hay contrato, pero: Sin contrato, sin consentimiento, x tanto sin jurisdicción ni autoridad…
        6-El derecho civil actual es mediante fraude… o presunción, presumen q eres tonta, inútil, imbécil, o esclava, comúnmente llamada «ciudadana»… o q sus leyes se te aplican.. y q te pueden tutelar.

        Enviarles una carta, de forma cordial, preguntándole pruebas o evidencias de tener una relación con ellos.
        Dándoles 15 días para responder, y pasándoles tus honorarios, por ej:

        Por cada hoja de papel rellenada 200e.
        Por cada carta enviada 200 e.
        Por poner sellos 100 e.
        Por cada día de retraso a partir de la fecha límite, en responder a la carta de forma sincera, 100e.

        Si en el plazo de 15 días no responden, consideraré entrada nuestra relación contractual, sin prejuicio de presentar cargos criminales contra ustedes y sus superiores por fraude.

        Esto con copia, que en oficina correos te sellan ambas copias, es decir: son testigos, y una para ti, y correo certificado al destinatario.

        Luego puedes ir a juicio de menos de 2000E… a reclamarle tus ganancias… y o proceso monitorio.

        Si son oficiales/servidores públicos, o funcionarios, pero especialmente del CNP y l GC, querella criminal contra la jerarquía de ese departamento, si puedes, y le envías copia a su jefe superior…

        La querella la puedes hacer por actuar en capacidad comercial privada, y saltándose el juramento al cargo…

        Verás como en dos meses has hecho tu sola limpia en el funcionario público.:-)

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  16. ¡¡Fantástico fpmadlax!! He de empaparme bien… A Josep Pamies, le pongo algo…. Claro, tiene que querer dejarse ayudar, según me comenta quien sabe de esto mucho que en su día lo intentó con algunos perseguidos por el Estado y…. no contestaron…. no sé si porque les parece demasiado…. «simple» como para creerselo… porque les cuesta salir de redil Estado, pues no tienen esa imagen de él…..

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  17. Me alegra verte en el blog Miguel (fpmadlax). De verdad me gustaría que retomáramos la palabra entre nosotros y te agradecería como siempre he hecho que siguieras colaborando con información y con tus ideas, ya que eres un pozo lleno de conocimiento.

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  18. Hola ¿Alguien ha enviado la reclamación de soberanía à los diferentes organismos del gobierno?, ¿ le han contestado? Y si lo hicieron ¿cual ha sido la contestación?

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    1. Hola, nunca me he planteado hacerlo pero sería un buen proyecto.

      Lo que sí hice fue ir a por mi certificado de nacimiento al Registro Civil, y me dieron una copia. Me puse a mirar cada código que aparecía, por ejemplo, aparecía un número que sólo representaba el número de archivo, lo cual no significa nada (al igual que en el DNI aparece el código de la comisaría de Policía donde te lo hicieron). Otro código pertenecía a la Casa de la Moneda y Timbre, y me pregunté qué hacía eso ahí, con su logotipo. Finalmente aparecía otro código en rojo, en un lateral, y lo puse en Google. ¿Sabes dónde me llevó el primer enlace? A la Securities and Exchange Comission. Que es justo donde, según este otro artículo nuestro:

      https://paramisonenigmas.wordpress.com/2015/11/09/el-fraude-del-certificado-de-nacimiento/

      Es donde van a parar los originales y donde se nos registra como corporaciones aunque seamos de un país extranjero a USA. Vi a quién pertenecían las acciones que tenían el mismo código que aparece en mi certificado de nacimiento, y las había comprado una enorme empresa de aires acondicionados.

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    2. Hola, hay gente que lo ha hecho, has de mirate el silencio administrativo,pero si ponen sello y fecha y hora, es prueba suficiente, habida cuenta que un soberano es la autoridad maxima e independiente. Y lo que digan ellos no significa nada pues son meros representantes nuestros. O sea que han de obedecer y callar, si lo hecho por parte nuestra, es licito.

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    1. Pues sí, el feudo consistía en una relación entre vasallo y señor, donde el señor entregaba normalmente tierras a cambio del servicio militar o de otro tipo prestado por el vasallo al señor. A su vez, en el terreno del vasallo había siervos, carentes de todo salvo de una parte de lo que producían, y el hogar que su superior les permitía tener.

      Si lo trasladamos a lo actual, el Estado sería el señor, los vasallos serían los funcionarios, pues trabajan y hacen un servicio al Estado, y los ciudadanos son los siervos o esclavos modernos.

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